PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JIPSSY MIRELLE ABREU CÁRDENAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.104.239, y PABLO ANTONIO OVALLES PERNIA, titular de la cédula de identidad N° V-6.869.501, asistidos por la abogada AUDRYS RAMONA SANCHEZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.162.163, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 84.815, en contra de la Junta Directiva de Condominio del Conjunto Residencial ARANJUEZ SUITES, ubicado en el sector Los Kioscos, Avenida Las Delicias, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, integrada por los ciudadanos ANA MARGARITA HINOJOSA PERNÍA, titular de la cédula de identidad N°V-3.194.129, con el cargo de tesorera; DEINNER JAVIER MENDOZA DIECES, titular de la cédula de identidad N° V-16.779.531, con el cargo de administrador; y LESTER JOIMIR CENZI VERA, titular de la cédula de identidad N° V-11.490.001, con el cargo de Presiden.....