Por los fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la Prohibición de Paralización Total o Parcial de la Obra Nueva, peticionada por el ciudadano querellante PEDRO CESAR PAEZ QUINTERO, asistido y luego representado por el profesional del derecho Rodolfo Alberto Quintero García.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente asunto.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada, así como digitalizada para el archivo del Tribunal, publíquese en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Cir.....