Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La falta de jurisdicción frente a la Inspectoría del Trabajo "General Cipriano Castro", en la ciudad de San Cristóbal, estado Táchira, para conocer el presente recurso contencioso administrativo funcionarial conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el ciudadano FAE SABORHI ARCANGEL PEREZ QUINTANA, titular de la cédula de identidad, Nº V-18.134.722, en contra la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO TÁCHIRA CORPOSALUD HOSPITAL CENTRAL DE SAN CRISTÓBAL.
SEGUNDO: Se ordena remitir el expediente a la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de su consulta de conformidad con el artículo 62 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No hay condenatori.....