por terminado el presente proceso mediante pago por la suma de tres mil cuatrocientos DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 3.400,00) los cuales serán pagados de la siguiente manera: PRIMER PAGO: La cantidad de MIL NOVECIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 1.900,00), en efectivo en este acto; SEGUNDO PAGO: La cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 750,00), pago que se efectuará el día 04 de septiembre de 2026; y TERCER PAGO: La cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD. 750,00), pago que se efectuará el día 21 de septiembre de 2026. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciab.....