PRIMERO: CON LUGAR la demanda de SIMULACION DE VENTA, intentada por los el ciudadano GUNNAR ALEJANDRO MURZI GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.447.021, actuando en representación sin poder de su hermana ELAINE NORETH MURZI GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.352.490, de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, a través de sus apoderados judiciales los abogados LUIS BENITO BECERRA GUTIERREZ Y SOFIA DEL CARMEN CHONG GONZALEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 42.758 y 66.040, respectivamente, según poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Segunda de Mérida del Estado Mérida, en fecha 06 de mayo del 2022, anotado bajo el N° 38, Tomo 7, Folios 121 al 123 de los libros de autenticaciones llevados en dicha Notaria; en contra de los ciudadanos ITALO JOVANINO MENESINI FERNANDEZ Y NORIS TEOLINDA MENESINI FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la ced.....