DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer la demanda contentiva de Pretensión Negatoria de Propiedad y Posesión, intentada por el por el abogado Panagiótis Paraskevás Collitiri, actuando como apoderado judicial del ciudadano Jesús Álvaro Duque Gámez, debidamente identificados en autos.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, DECLINA la competencia del presente asunto al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
TERCERO: Déjese transcurrir el lapso establecido en el artículo 69 del
Código de Procedimiento Civil, norma ésta, aplicable supletoriamente, a los fines de.....