DISPOSITIVA
En base a los anteriores argumentos de hecho y de derecho expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Medida Innominada solicitada consistente en el apostamiento policial o en su defecto, se ordene que la Guardia Nacional Bolivariana, se traslade a las tierras perturbadas y efectúen la desocupación o retiro temporal de los perturbadores.
SEGUNDO: COMPETENTE para conocer de la presente solicitud autónoma de Medida de Protección Agroalimentaria.
TERCERO: DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA, sobre una parcela de terreno denominada "LA SANTÍSIMA TRINIDAD", ubicada en la aldea el Zayzayal, Municipio Uribante, estado Táchira.
CUARTO: Se ordena notificar del decreto de la presente medida al Instituto Nacional de Tierras a través de la Oficina Regional de Tierras del estado Táchira, el.....