Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar la Solicitud de Perención realizada por el codemandado ciudadano Renzo Eli Chacón Medina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.132.690, asistido por la abogada Beatriz Gutiérrez Santos, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.451.
Publíquese y regístrese, y déjese copias certificadas de la decisión para el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abg. Luis Ronald Araque García.
La Secretaria,
Abg. Carmen Rosa Sierra M.