este Órgano Jurisdiccional en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos DARWIN ANDRES ROMERO OMAÑA Y EMELY KATHERINE MORENO ROJAS venezolanos, titulares de la cedula de identidad, Nºrs 16.123.512 y 20.589.277 en su orden.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 184 y 185 del Código Civil, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre los mismos, por acto celebrado en fecha Tres (03) de diciembre del Año 2010, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de matrimonio N° 493.-
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada de la presente decisión. Ofíciese lo conducente a los registros respectivos, a los fines de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio N° 493. Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada, firma.....