Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: El obligado realiza el ofrecimiento para el aumento de la obligación de manutención en la suma de ONCE MIL BOLIVARES (Bs. 11.000,00) MENSUALES, los cuales serán depositados por el Ministerio de Educación.
SEGUNDO: En el mes de Agosto el padre se compromete a la compra de los uniformes escolares, adicional al bono escolar que es otorgado por el ente patronal por hijo, y la madre se compromete a la compra de los útiles escolares.
TERCERO: Para el mes de Diciembre el padre se comprometen a la compra de: vestido, ropa interior, calzado, útiles personales y regalo .....