este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, habiendo cumplido con las formalidades exigidas, le declara suficiente para asegurarle a los ciudadanos: BELCY OLANDA VALASCO CHACON, ESTELITA LISBETH BOLIVAR KAFFURE, PEDRO GERARDO BOLIVAR KAFFURE, LAYLA LISBETH BOLIVAR KAFFURE y SARA MIREYA BOLIVAR GUERRERO, venezolanos, plenamente identificados, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de COMCUBINA e HIJOS en su orden de: JUAN EMILIO BOLIVAR GUZMAN, quien falleció ab-Intestato el día 14 de Febrero de 2017 en la ciudad de Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, según consta en el registro de defunción ut supra descrito. Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal, en Santa Ana, a los Trece (13) días del mes de Marzo de do.....