este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud del interés superior del niño: DECLARA: PRIMERO: Con lugar el aumento de la obligación de manutención de la presente causa; SEGUNDO: De conformidad con el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, este Tribunal se fija la obligación de manutención en la suma de: CINCO MIL BOLIVARES (BS. 5.000,00) MENSUALES, las cuales serán, depositados a la cuenta respectiva del Banco Bicentenario a nombre de la ciudadana SILENIA EDUVIGES USECHE VALERO, ya identificada; TERCERO En el mes de AGOSTO, época escolar: Se descontara una cuota especial por la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs.8.000,00), mas la cuota ordinaria, para un total de TRECE BOLIVARES (Bs. 13.000,00), así como también el bono otorgado por la Em.....