DISPOSITIVO
Por las razones de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO ORDINARIO DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta de la ciudadana LEONOR GOMEZ, Colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 30.024.490 y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de Reconocimiento de Contenido y Firma contenida en la demanda incoada en su contra por el ciudadano EVELIO ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, Colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 84.242.213, asistido por el Abogado JULIO CESAR SANDOVAL PEREZ inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 71.688
SEGUNDO: SE DECLARA RECONOCIDO, el recibo de COMPRA PRIVADO, de fecha 29 de Febrero de 2012, suscrito entre los ciudadanos EVELIO ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, Colombi.....