Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, EL DIVORCIO POR DESAFECTO presentada, y en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos YANETH LUCERO DE HEVIA, venezolana, mayor de edad, titular de las cedula de identidad N° V-9.341.050, y el ciudadano JAVIER HEVIA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.342.259, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 27 de diciembre de 2003, por ante el Registro Civil del Municipio Guasimos del Estado Táchira, según consta en Acta de Matrimonio Nº 29.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y ref.....