Declara:
PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, el Aumento de Obligación Manutención; realizado por la ciudadana DORSY YNES ZAMBRANO BORRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.677.983, contra del ciudadano PABLO EDUARDO BUITRAGO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.152.845 quedando la Obligación de Manutención para dos (2) sus hijos de (8 y9 ) años de edad ; en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 3.500oo) mensuales. Y para agosto de útiles escolares y uniformes escolares del año 2016 la cantidad adicional de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000) y para diciembre la cantidad adicional de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000) deben ser descontadas por nomina y depositadas en la cuenta de ahorro a nombre de la madre de los beneficiarios a partir de la fecha quede definitivamente firme la presente decisión.
PARTICULAR SEGUNDO: El padre debe pagar el 50% de los gastos medico y me.....