En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, el aumento de Obligación Manutención; realizado por la ciudadana MARIELA BORRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.744.199, contra el ciudadano SAMUEL LEONARDO VIVAS TAPIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.245.748 quedando la Obligación de Manutención par su hija de 12 años de edad; en la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 8.000oo) mensuales. Y para agosto de útiles escolares y uniformes escolares del año 2017, el padre tiene que comprar el 50% de los útiles escolares, comprar el uniforme de clase y zapato escolar y debe consignar las facturas con.....