Declara:
PRIMERO: Con Lugar, la solicitud de Obligación de Manutención; incoada por la ciudadana MARLYN ANA AURORA MONTAÑEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.100.015, en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL TORRES VERDI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.497.253, en beneficio de su hijo de 14 años de edad quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 5.000,oo), los cuales deben ser depositados en la cuenta de ahorro que ordene este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario y para el mes de diciembre en la cantidad adicional de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,oo); así como una cuota adicional para el mes de septiembre de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,oo), para útiles y uniformes escolares, una vez quede firme la presente decisión.
SEGUNDO: En cuanto a los gastos medicinas, como consultas médicas, medicinas, exámenes laboratorio.....