Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda de INTIMACIÓN, interpuesta por la abogada Gladys Rodríguez de Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.440.831, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.149 en contra los ciudadanos Pedro Manuel Contreras Rangel y Merys Xiomara D¨Cesare de Contreras, venezolanos, con cedulas de identidad N° V-15.353.583 y N° V-12.631.491. Se acuerda la entrega a la demandante de las tres (3) letras de cambio de fechas 25 de junio del 2010, 02 de marzo del 2010, 25 de junio del 2010, por la sumas de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs.10.000,00), SIETE MIL BOLÍVARES (Bs.7.000,00) y TRES MIL QUINIENTOS (Bs.3.500,00), las cuales se encuentran resg.....