DECIDE: PARTICULAR UNICO: DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, en consecuencia, se declara legalmente reconocido en su contenido y firma el Documento Privado de fecha cuatro (04) de mayo de 2014, riela al folio dos (2) de este expediente, dio origen al presente proceso celebrado entre los ciudadanos MERY JESUS OLIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 5.814.446, domiciliada en el Municipio Michelena, Estado Táchira y JOSE ANGEL BARBOZA URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.007.682, consistente en la venta de una vivienda propiedad de la demandante, signada con el N° 03, construida sobre la parcela N° T-2-3, que forma parte de la Urbanización La Pradera, ubicada en el Fundo Guaramito, Jurisdicción del Municipio Michelena del Estado Táchira, situada en el Lote Cuatro. La parcela T-2-3 Con área de ciento tres metros cuadrados con doscientos setenta y cinco milímetros (103.....