Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Ordinaria y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera considera procedente en este caso declararse incompetente en RAZÓN DE LA CUANTÍA, para conocer de la presente causa interpuesta por la ciudadana María Enedina Duque Colmenares, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-8.103.173, debidamente asistido del abogado Carlos Raúl Varela Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.384, declinando la COMPETENCIA al Tribunal de Primera Instancia Agraria de esta Circunscripción Judicial, por cuanto la misma es una acción de reconocimiento de contenido y firma del documento privado de fecha 12 de julio del 2004, que versa sobre la venta de un lote de terreno propio, cultivado de café frutal, caña de azúcar y pasto ubicado denominado el Espinal ubicado en la aldea la Borrera jurisdicción del Municipio Michelena del Estado Táchira.
En consecuencia,.....