Declara:
PARTICULAR PRIMERO: Parcialmente con lugar, la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención; realizada por la ciudadana ANA JULIA MONCADA PEREZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.103.105, en contra del ciudadano EDGAR ALEXIS VALLADARES PASTRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.108.342, quedando la Obligación de Manutención para sus dos (2) hijas, Yuliana Yusbeth Valladares Moncada y Y.Y.V.M de 18 y 17 años de edad; estudiantes, quedando la obligación de manutención establecida en la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs.5.000,oo), mensuales, para el mes de septiembre la cantidad adicional de TRES MIL BOLÍVARES (Bs.3.000,oo), para la compra de útiles escolares y uniformes y el beneficio contractual de útiles escolares y para el mes de diciembre la cantidad adicional de la retención del VEINTICINCO por ciento (25%) de los aguinaldos convendido por el demandado en el acto concilatorio. Los cuales .....