"...Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común de los ciudadanos FRANKLIN GAMBOA MENDEZ y ARACELY ANGARITA DE GAMBOA, plenamente identificados, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos, según Acta Nº 24 de fecha 17 de mayo de 2004, ante el Registro Civil del Municipio García de Hevia del Estado Táchira. Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello..."