"..."PRIMERO: EL ciudadano YOBER ofrece entregar la cantidad de Bs. 2.000,oo mensuales a razón de 02 cuotas quincenales depositados los días 15 y 30 de cada mes por concepto de Obligación de Manutención, el cual los depositará en la cuenta que este Tribunal ordene aperturar para tal fin, y la ciudadana LEANDRA ISABEL GONZÁLEZ así lo acepta. SEGUNDO: Gastos Extraordinarios, salud, educación, estrenos, será compartido, es decir, 50% para cada padre. TERCERO: EL ciudadano YOBER VERA, se compromete a compartir cada 15 días con sus menores hijos y la ciudadana LEANDRA GONZÁLEZ así lo acepta. CUARTO: Ambas partes solicitan se homologue el presente convenimiento". En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN..."