"...PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de aumento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana ANA DELI ZAMBRANO CASADIEGO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-11.974.838 en beneficio de la niña XX.
SEGUNDO: Se establece como AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que el obligado BENITO ANTONIO RODRIGUEZ HERRERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.065.711, debe pagar para su prenombrada hija, la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,oo) mensuales, ó la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,oo) quincenales, a partir del mes de ENERO de 2016. Dinero que deberá ser pagado o depositado en la cuenta de ahorro abierta para tal fin.
TERCERO: Se condena al obligado a pagar el 50% de las facturas por gastos extraordinarios (educación, navidad, atención médica, medicinas, entre otros, que surjan en beneficio de la prenombrada niña).
Publíquese la presente SENTENCIA y expídase copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal..."