"...En el caso que nos ocupa el Juez para decidir observa: A.- Que la parte solicitante del reconocimiento, pide la citación del ciudadano PEDRO TEMISTO GUTIERREZ, a fin de que reconozca el documento que corre inserto al folio cuatro (4), el cual versa sobre la venta de unas mejoras consistentes en pastos artificiales, matas de guineo, árboles frutales, caña melar y demás anexidades que le son propias; ubicadas en el Barrio La Esmeralda de La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira, asentadas sobre terrenos de la Sucesión Guglielmi; comprendiendo un área de MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (1.375,00 mts2). B.- Que citado como fue el demandado ciudadano: PEDRO TEMISTO GUTIERREZ, a fin de reconocer el documento señalado, el mismo, reconoció su contenido y firma por ser cierto su contenido al igual que las firmas y huellas digito-pulgares estampadas al pie del mencionado instrumento, por lo cual este Juzgado procede de conformidad con lo establecido en el Artículo.....