"...Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común de los ciudadanos HECTOR DIOCE PEREZ TORRES y CARMEN TERESA LEON DE PEREZ, plenamente identificados, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 185-A del Código Civil, queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos, según Acta Nº 54 de fecha 21 de agosto de 1968, ante el Registro Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello. Publíquese, regístrese y déjese copia..."