En consecuencia por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juez Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de a Ley: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, El Aumento de La Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana: ANYOLY JERIBETH CONTRERAS ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-19.778.785, en contra del Ciudadano CARLOS HUMBERTO MENDEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.742.753, en beneficio e interés de la niña (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA) y en consecuencia se acuerda:
PRIMERO: Se Aumenta la Obligación de Manutención en la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1300,oo) mens.....