PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana JESSICA ARITZA CHAVEZ BAUTISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.430.432 y con domicilio en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira, contra el ciudadano JUNIOR ALEXANDER DEPABLOS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.958.046 y domiciliado en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira.
SEGUNDO: CON LUGAR el ofrecimiento realizado por el ciudadano JUNIOR ALEXANDER DEPABLOS, ya identificado, en la oportunidad de la audiencia conciliatoria.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.500.000,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Mayo de 2018.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada navideña y de asistencia médica y medicinas, éstos serán compartidos por am.....