PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana MARÍA FERNANDA MONTOYA RUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.452.566 y domiciliada en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira; contra el ciudadano EDIXON JOSÉ BORRERO VILLARREAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.541.497 y con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el ofrecimiento realizado por el ciudadano EDIXON JOSÉ BORRERO VILLARREAL, ya identificado.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, en un treinta por ciento (30%) mensual del salario devengado por el ciudadano EDIXON JOSÉ BORRERO VILLARREAL, cantidad que deberá ser depositada a partir del mes de noviembre de 2017, en la cuenta de ahorros aperturada.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada escolar, se fija una cuota equivalente al treinta por ciento (30%) del bono vacacional del d.....