se NIEGA LA APELACIÓN EN CONSONANCIA CON LOS CRITERIOS ANTES ESBOZADOS, interpuesta por el ciudadano IRWIN ERARDO LUGO BARRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.165.547, debidamente asistido por el abogado FRANK HAROLD ROA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 179.631, por las normas y criterios up supra señalados. Como consecuencia, se ordena la notificación de la Fiscalía del Ministerio Público, conforme al ya señalado criterio