Se declara CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por el ciudadano JHON ALEXANDER RINCÓN CARRILLO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.538.054, domiciliado en la calle 6, Nº 3-54, sector III, urbanización "Altamira", municipio Pedro María Ureña, estado Táchira. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre el solicitante por acto celebrado en fecha 2 de julio de 2011, por ante el Registro Civil de este municipio, bajo el N° 101