En fecha 21 de mayo de 2014, día y hora fijado para celebrar acto conciliatorio de fijación de la obligación de manutención entre los ciudadanos: JOHANNA KARINA RIVAS RODRIGUEZ y PEDRO ANTONIO SALCEDO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad N° V.-19.244.552 y V.-21.420.098, parte demandante y demandada, respectivamente, quienes convinieron en la fijación del monto de la obligación de manutención, para la niña: W.Y.S.R., forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 21 de mayo de.....