Es evidente que los padres tienen el deber de cumplir con la sagrada obligación de dar alimento, educación, vestuario, asistencia médica y medicinas, recreación y cultura, así mismo y por cuanto la madre de los hermanos: VARILLAS URBINA, solicitó para sus hijos se fije la obligación de manutención, en la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000) mensuales; y atendiendo al principio del Interés Superior del Niño consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño suscrita en la sede de las Naciones Unidas en Enero de 1990