Por cuanto en fecha 06 de octubre del 2014, comparecen voluntariamente los ciudadanos José Alfredo Quintero Ruiz y Jenny Lisbeth Ortega Sanabria, y suscribieron acta por fijación de obligación de manutención a favor de los hermanos Quintero Ortega, así como la forma y oportunidad de pago de la misma, en consecuencia y por cuanto el convenio no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente