Por los fundamentos antes expuestos este en nombre de la Republica Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus MARTIN CARRERO MORA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.449.291, a las Ciudadanas: MARY DELITZA CARRERO PATIÑO, ROSEMARY CARRERO DE SÁNCHEZ, YOLIMAR CARRERO PATIÑO, DECIDEE CARRERO PATIÑO Y ROSANY CARRERO PATIÑO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-11.841.790, V-13.675.051, V-15.534.491, V-16.071.436 y V-20.517.104, respectivamente, quedando a salvo derechos de terceros.