Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Aumento de la obligación de manutención presentada por la ciudadana MARÍA MERCEDES PARRA DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.184.051, a favor de su hija YADIRA KATHERINE CARVAJAL PARRA y decide:
PRIMERO: Se establece como nuevo monto de la obligación de manutención la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de agosto de cada año la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs.4.000), a fin de cubrir gastos de útiles escolares.
TERCERO: Se establece para el mes de diciembre de cada año el doble de la obligación de manutención es decir la cantidad de CUATRO MIL BOL.....