En el día de hoy, Nueve (09) de Agosto de 2016, siendo las once y quince minutos de la mañana, presentes los ciudadanos ALBIS CRISMELDA RAMÍREZ CÁRDENAS y GABRIEL ARCANGEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V.-21.220.995 y V.-5.678.254, en su carácter la primera de madre de la niña Yubiana Victoria Sánchez Ramírez y el segundo en su carácter de abuelo paterno de la niña antes mencionada, acreditados en autos, para la realización de un Acto Conciliatorio fijado para esta oportunidad en la causa de Obligación de Manutención Nro. 7538-2013. El Juez los impuso del motivo de su comparecencia y se procedió a la realización de dicho acto.- En este estado se le concede el derecho de palabra a la demandante, quien expuso: "Solcito al abuelo de mi hija el pago del cincuenta por ciento (50%) de la suma de Bs. 170.440,00, que corresponde a los gastos de calzado, vestido y medicinas que he hecho con la niña, por tanto le corresponde la cantidad .....