este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos GRACIELA TERESA NIETO DE GARCIA, GRACIELA LOURDES GARCIA NIETO y JUAN CARLOS GARCIA NIETO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-1.629.678, V-9.330.228 y V-9.127.848, respectivamente su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter cónyuge la primera y de hijos los restantes del de Cujus JUAN DE JESUS GARCIA, quien falleció Ab-Intestato, el día 24 de noviembre de 2014, en su casa de habitación ubicada la calle 12, Edificio Arida, Piso 3 Apartamento N° 6, Barrio Obrero de esta ciudad de San Cristóbal