este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de los ciudadanos LEYDA CAROLINA LAGUADO IBAÑEZ y EDWIN ALEJANDRO SUAREZ DEPABLOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V-14.503.226 y V-24.611.044, de este domicilio y hábiles, respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil, en los términos señalados en la sentencia N° 446/2014 del 15 de Mayo de 2014 y N° 693 del 02 de Junio de 2015. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante en Registro Civil de la Parroquia Libertad, Municipio Capacho Viejo, siendo su Acta N° 021, de fecha Dieciséis 16 de Abril de 2018.