DECISIÓN
De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas, se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por los solicitantes; en consecuencia de ello, éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursantes en el expediente suficientes para declarar:
Como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la causante BLANCA ELENA BAUTISTA, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-189.439, al ciudadano OSCAR ALI BAUTISTA CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.225.600, como primo de la prenombrada fallecida.