Vista las actas procesales que conforma la presente causa se observa, que en el acta de defunción No 975, de fecha VEINTIUNO (21) de Julio del año dos mil Catorce (2014), emitida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, inserta a los folios 03 al 04 de la presente causa, se evidencia que el ciudadano MOISES ALIRIO PANTALEÓN ANGEL, quien en vida fuera portador de la cedula de identidad No V- 3.0008.600, deja como descendiente a su hija la Adolescente YORLEY PANTALEON RAMIREZ, de 15 años de edad. En consecuencia, y revisado como fueron los recaudos aportados observa este Tribunal que en aplicación a lo dispuesto en el Literal I del Parágrafo Primero del artículo 177 y literal H del parágrafo segundo del mismo artículo de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, la competencia para conocer de particiones, sean estas contenciosas o no contenciosas, le corresponde a los Tribunales de Protección del Niño, Niña y del Adolescente; Razón por .....