Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanos: FRANCO VANEGAS DÍAZ y REINALDO ANTONIO GALVIS QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 22.635.118 y V- 12.235.746 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el Ciudadano: EUGENIO ENRIQUE GRANADOS MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.241.519, asistido por el abogado en ejercicio FREDDY ALFONSO VIVAS ROPERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 170.212, en el cual expone que el día 24 de Septiembre 2.015, falleció quien fuera su Progenitor, el Ciudadano: JUAN ENRIQUE GRANADOS MENDEZ quien era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 166.980, según certificación expedida por la Dr Edgar Muñoz tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 1803 expedida por el Registrador Civil de la Parroquia la Concor.....