TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veinte (20) de Enero del año dos mil Dieciséis.

205° y 156°

Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanos: FRANCO VANEGAS DÍAZ y REINALDO ANTONIO GALVIS QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 22.635.118 y V- 12.235.746 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el Ciudadano: EUGENIO ENRIQUE GRANADOS MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.241.519, asistido por el abogado en ejercicio FREDDY ALFONSO VIVAS ROPERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 170.212, en el cual expone que el día 24 de Septiembre 2.015, falleció quien fuera su Progenitor, el Ciudadano: JUAN ENRIQUE GRANADOS MENDEZ quien era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 166.980, según certificación expedida por la Dr Edgar Muñoz tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 1803 expedida por el Registrador Civil de la Parroquia la Concordia del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle al Ciudadano: EUGENIO ENRIQUE GRANADOS MUÑOZ, plenamente identificado en autos, en el carácter de Hijo el carácter de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, del causante JUAN ENRIQUE GRANADOS MENDEZ.

De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.





Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ






Abg. VICTOR MANUEL ANDRADE GARCÍA
SECRETARIO