III
Tomando como base todo lo aquí analizado este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
ÚNICO: INADMISIBLE la presente demanda de DESALOJO interpuesta por el ciudadano JOSÉ TOBIAS QUINTERO QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-183.172, asistido por el abogado en ejercicio JOSÉ GERARDO GALINDO PRATO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.674.690, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.513, contra la ciudadana MARY LUZ ZAPATA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.641.674.
Dada la naturaleza de lo decidido no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE INCLUSO EN LA PÁGINA WEB DEL TRIBUNAL y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.