De acuerdo a las consideraciones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN
CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a
la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de
fecha 02 de junio de 2015, signada con el N° 693, expediente N° 12-1163, con
carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO
MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos CLARA YESENIA RAMIREZ
ARENAS Y NELSON GABRIEL CHACIN ZAMBRANO, venezolanos, mayores de
edad, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-16.788.923 y V-15.502.878,
Contraído por ante el Registro Civil del municipio San Cristóbal, Estado Táchira, según
se evidencia del Acta de Matrimonio N° 75. Liquídese la sociedad conyugal existente.