DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SE APRUEBA Y HOMOLOGA EL ACUERDO REPARATORIO celebrado entre las partes y se DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con lo señalado en el artículo 49 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el Artículos 41, 46, 357 y 361 ejusdem, a favor de los Ciudadanos: RAFAEL SIMON PEREZ JAUREGUI, de nacionalidad venezolano, con cédula de identidad N° V-9.241.053, nacido en Táriba, Estado Táchira, fecha de nacimiento 26/05/1969, estado civil soltero, de 44 años de edad de profesión y oficio Comerciante, Urbanización Pirineos II, Bloque 15, Apartamento 0201, cerca del Liceo Msr. Pellín, Municipio San Cri.....