En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los abogados Carlos Luis Cortes Rozo, Luis Aurelio Erazo Camilo y Deysi María Sandoval Rojas, titulares de las cédulas de identidad N° V- 3.061.188, V- 21.377.291 y V- 13.146.921 respectivamente, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros: 247.870, 213.265, 83.041 en su orden, actuando como apoderados de la ciudadana Candida Rosa Becerra Contreras, titular de la cédula de identidad V- 3.060.314. De acuerdo a la motiva de esta sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de este fallo para el copiador de sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrati.....