DECLARA: CON LUGAR EL RECURSO DE ABSTENCIÓN O CARENCIA, interpuesto por el ciudadano Pablo Antonio Rangel Leal, titular de la cédula de identidad N° V- 5.031.248, asistido por abogado en ejercicio Luis Orlando Ramírez Carrero, titular de la cédula de identidad N° V-1.557.291, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 6.107 contra el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME). En consecuencia, en aras de restablecer la situación jurídica infringida ordena:
PRIMERO: Se ordena al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), sede San Cristóbal, reestablecer la situación del ciudadano Pablo Antonio Rangel Leal, emitiendo de manera escrita, expresa y sin dilaciones respuesta a la solicitud presentada por el ciudadano Pablo Antonio Rangel Leal, titular de la cédula de identidad N° V- 5.031.248, en fecha en fecha 25/09/2014, ante la Consultoría Jurídica del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), sede.....