decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA la competencia de este Tribunal para conocer y decidir el presente recurso de nulidad de acto administrativo.
SEGUNDO: SE DECLARA sin lugar los alegatos de falta de cualidad esgrimido por la representación judicial de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, y se declara sin lugar el alegato de caducidad de la acción esgrimido por el ciudadano Edwar Alexander Montilva Garcia.
TERCERO: SE DECLARA CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por los ciudadanos, NELLY VIRGINIA CARRILLO DELGADO, CARLOS ARTUTO RAMIREZ CARRILLO, JESUS ADOLFO RAMIREZ CARRILLO, titular de la cédula de identidad N° V-9.226.223, V- 21.001.660, V- 28.256.393, respectivamente, asistidos en por la Abogada JUDITAS DELANY TORREALBA DUGARTE, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 115.971, contra del Acto Administrativo ALC/RES-19-22, emanado de la División de Catastro, específicamente, por la Oficina del Área Legal de Catastro de l.....