DEL PROCEDIMIENTO
Este Tribunal considera necesario establecer el procedimiento a seguir, tomando en cuenta que la apelación recae sobre la sentencia definitiva de fecha 15 de junio de 2023, emitida por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por demora y deficiente prestación de servicio Público, por lo tanto y según el criterio de este Tribunal es necesario seguir el procedimiento establecido en los Artículos 91 y siguientes de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En consideración de lo anterior, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la presente Sentencia la parte Apelante deberá presentar escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte de contestación a la apelación.
Posteriormente, se continuara con el proc.....